Los documentos de la Administración Pública
Derechos de Acceso
El Departament de Cultura
de la Generalitat de Catalunya, ha editado un folleto explicativo acerca del
acceso a los documentos que la administración guarda en sus archivos.
La
disponibilidad de la información para el ciudadano está relacionada con la
transparencia de la propia administración. Este derecho permite por Ley, acceder
tanto a los archivos de carácter histórico como a los archivos administrativos.
Los archivos históricos son
documentos que se conservan a largo plazo y su acceso es mediante formularios
de solicitud en su mayoría. Los archivos
administrativos forman parte de expedientes finalizados de esa categoría y los
que están en proceso de tramitación. Hay ciertas limitaciones de procedimiento
y se accede mediante una instancia.
La Administración pública
debe justificar las denegaciones de acceso y garantizar que las personas
interesadas puedan acceder a los documentos en cualquier momento de la
tramitación, así como facilitar las condiciones de la consulta y el lugar donde
se encuentran los fondos documentales y los inventarios.
El derecho de acceso a
los documentos conlleva el derecho de
reproducción para uso particular, que no puede usarse con fines lucrativos ni
ser publicados, aunque la Administración puede establecer una tasa a esos
fines. En los documentos que aparecen nombres, la administración puede
omitirlos en las reproducciones. En el caso de que la información solicitada
sea de uso restringido, si se trata de una investigación, la Adminstració de
forma excepcional permite el acceso a los datos, previo informe de la Investigación,
los fines y el equipo y hacer formar el compromiso de confidencialidad. La
administración está obligada a disponer de sistemas de gestión documental que
permitan en todo momento el acceso a los documentos.
La Comisión Nacional de
Acceso, Evaluación y Selección Documental tiene competencias para elaborar informes
en el caso de que un ciudadano considere que se ha vulnerado su derecho de
acceso a los documentos. Está previsto incluso que el ciudadano pueda presentar
un recurso administrativo en el caso de una denegación de acceso.
El acceso a los documentos
están contenidas en las leyes: 26/2010, 30/1992, 10/2001 y la referida a la protección
de datos 15/1999.
Para localizar los
archivos, el Departamento de Cultura de la Generalitat tiene prevista una
página:
http://cultura.gencat.cat/arxius/directori.asp
http://cultura.gencat.cat/arxius/directori.asp
Para consultas
sobre la localización de archivos:
arxius.cultura@gencat.cat
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